Preguntas frecuentes Programa Apoyo a Organizaciones Culturales Colaboradoras 2022

Programa Apoyo a Organizaciones Culturales Colaboradoras

1.- ¿Pueden organizaciones de derecho público postular a esta Convocatoria?

No, solo pueden postular personas jurídicas de derecho privado.

 

2.- ¿A quiénes debo ingresar en la sección “Equipo de trabajo” del formulario de postulación?

En la sección “Equipo de trabajo” debe ingresarse la Persona Jurídica Responsable de la postulación y las personas naturales que participaran en el equipo de trabajo.

En el caso de las prestaciones de servicios personales de personas que no sean del equipo de trabajo estable de la organización, es decir, labores puntuales y esporádicas, se deben incluir en el ítem “Gastos de Operación” del formulario de postulación.

Si el equipo de trabajo o alguno de sus integrantes va a ser financiado por la Persona Jurídica responsable o por terceros, sin cargo al financiamiento solicitado a PAOCC, debe seleccionar la opción “Ad-honorem” e ingresarlo debidamente como “Cofinanciamiento”.

 

3.- ¿Existe un tiempo mínimo o máximo de ejecución de los proyectos y planes de gestión en esta Convocatoria?

Sí, en las distintas modalidades existe un tiempo fijo de ejecución de 12 meses.

En todos los casos, la fecha de inicio de la ejecución del proyecto (Línea de Redes Sectoriales de Espacios Culturales) o plan de gestión (Línea de Fortalecimiento de la Gestión y Programación) es el 1 de enero de 2023 y término 31 de diciembre de 2023.

 

4.- ¿Cuántas postulaciones puede presentar una misma organización?

Con la finalidad de poder distribuir de mejor manera los recursos, podrás presentar sólo 1 (una) postulación en la convocatoria de este Programa. Se considerará la última postulación presentada, según la hora y día de su envío, siendo declaradas inadmisibles las demás. Por ejemplo, si postulas a la Línea de Fortalecimiento de la Gestión y Programación, modalidad de Espacios de Culturales en cualquiera de sus submodalidades, no podrás postular a la Línea de Fortalecimiento de la Gestión y Programación, modalidad de Agentes Culturales.

 

5.- ¿Es obligatorio respaldar el presupuesto solicitado con cotizaciones?

No es obligatorio incluir cotizaciones, sin embargo, si desea aclarar o fundamentar mejor la solicitud de financiamiento puede anexar cotizaciones en formato PDF asociadas a cada gasto.

 

6.- ¿Quiénes pueden postular a la modalidad Continuidad?

Sólo podrá postular a la modalidad Continuidad una persona jurídica sin fines de lucro que haya suscrito convenio con el Ministerio durante el año 2021 en el marco de la Convocatoria Pública de dicho año del Programa de Apoyo a Organizaciones Culturales Colaboradoras, Modalidad de Continuidad. (Base única).

 

7.- ¿Cómo es el proceso de evaluación complementaria que permite a Agentes B y Espacios B  para pasar a Continuidad?

Si postulas a la Submodalidad B, tanto en la Modalidad de Agentes Culturales como en la Modalidad de Espacios Culturales, y cumples los siguientes requisitos: (i) ser persona jurídica sin fines de lucro o Cooperativa y (ii) mantienes una antigüedad de 8 años o más desde tu constitución como persona jurídica a la fecha de la postulación, deberás declarar si deseas ser sometido a un proceso de evaluación complementaria para ser seleccionado a Continuidad. Si tu plan de gestión obtiene un puntaje de evaluación igual o superior a 95 puntos, será sometido a un proceso de evaluación especial y podrás resultar seleccionado para pasar Continuidad.

 

8.- ¿El espacio cultural (bien inmueble) con que cuenta la Organización, ya sea en arriendo, comodato o propiedad, puede estar a nombre del Representante Legal de la Organización?

No. Para poder postular el espacio debe estar a nombre de la Organización, es decir, a nombre de la persona jurídica que postula.

 

9.- ¿Además de la pj responsable puede haber otra pj como parte del equipo o solo personas naturales?

Puede haber otras personas jurídicas en el equipo de trabajo, pero se debe marcar como responsable a la que está postulando.

 

10.- Si una Organización es beneficiaria del Programa Apoyo de Organizaciones Culturales Colaboradoras/Convocatoria Regular 2020, en cualquiera de sus modalidades en ¿Puede postular a la Convocatoria 2022 del PAOCC?

Si, los seleccionados de la Convocatoria 2020 y que cumplan con los requisitos para postular que se indican en las bases, pueden postular a cualquier modalidad de la Convocatoria 2022. Sin embargo, NO podrán postular aquellas Organizaciones que tengas convenios suscritos y aprobados en el marco de la Convocatoria 2021, del Programa de Apoyo a Organizaciones Culturales Colaboradoras, Línea de Fortalecimiento de la Gestión y Programación, Modalidad de Espacios Culturales, ambas sub-modalidades (REX de SELECCIÓN N°3303). Estas entidades, podrán, sin embargo, formar parte de una red, en el caso de la Línea Redes Sectoriales de Espacios Culturales.

 

11.- ¿Pueden solicitarse gastos de servicios como alarma – internet?  Aun cuando estos no estén a nombre de la Organización.

No, todos los gastos deben estar a nombre de la organización.

 

12.-¿La persona jurídica necesita carta de compromiso en la sección Equipo de Trabajo?

No, la persona jurídica es la responsable que está realizando la postulación, no necesita presentar carta de compromiso.

 

13.-Si el Plan de gestión incluye recursos, más allá de lo solicitado al programa, es decir, de aportes propios y de tercero ¿Dónde lo señalo en el FUP? En la sección de cofinanciamiento.

 

14.- Si en la Organización hay trabajadores contratados bajo el código de trabajo, pero no tienen perfil cultura ya que no que participan directamente en la ejecución de las actividades y acciones comprometidas, ¿en qué ítem imputo el gasto?

Las personas que presten servicios técnicos y/o profesionales a la organización y que estimas que NO deban ser evaluadas a nivel curricular, puedes incluirlas en Gastos de Operación. Recuerda, por ende, que en equipo de trabajo debes incluir a todas aquellas personas que participen directamente en la ejecución de las actividades y acciones comprometidas. De estas últimas podrás imputar el gasto de sus contrataciones en Gastos de Personal. De igual forma, cualquier persona que se desempeña en tareas operativas como conserjes, personal de aseo, choferes, entre otros, podrás imputar el gasto de sus contrataciones en Gastos de Operación.

 

Ayuda y recomendaciones

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